La Zona Franca de Urabá Propiedad Horizontal se encarga de la administración, organización y control de los recursos humanos, financieros, materiales y activos de la copropiedad, con el fin de obtener el máximo beneficio y gestión pertinente de los asuntos internos de los Copropietarios dentro del parque industrial. En esta copropiedad somos constantes en la rendición de cuentas ante el consejo de administración, quienes están presente para la toma de decisiones que beneficien a las partes interesadas. Somos una Copropiedad que vela por los derechos y deberes de quienes la conforman, promoviendo la sana convivencia y las buenas prácticas de vecindad. Por ello resaltamos lo siguiente:
DERECHOS
- Poseer y disfrutar de los bienes privados.
- Enajenar y gravar los bienes privados sin consentimiento de los demás copropietarios.
- Intervenir en el gobierno de la Copropiedad;
- Voz y voto en asamblea.
- Elevar peticiones o quejas ante la administración y consejo de administración.
- Recurrir ante los organismos de comité de convivencia.
- Ser elegido para cualquier cargo en la copropiedad.
- Gozar de los bienes comunes, siempre y cuando lo utilice según su destino ordinario.
DEBERES
- Cumplir con el reglamento de propiedad Horizontal, las normas de convivencia, seguridad y ambientales.
- Destinar las bodegas a usos comerciales e industriales de bienes y servicios.
- Contribuir a las expensas comunes.
- Cancelar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias de la administración.
- Cuidar la integridad y conservación de los bienes comunes.
- Asistir a las Asambleas de Copropietarios.
- Atender las recomendaciones que realice la administración.
Con el fin de preservar y gozar de los bienes de dominio común es importante que nuestros copropietarios pongan en práctica lo siguiente:
- No obstruir las vías ni las circulaciones comunes.
- No usar las zonas comunes o vías para reuniones y eventos.
- No disponer basuras en horarios diferentes a los establecidos para su recolección.
- No realizar modificaciones a las fachadas sin la autorización de la administración.
- No conservar sustancias insalubres, explosivas o inflamables que pongan en peligro los bienes de dominio particular y común.